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La nueva Ley del Suelo de Madrid suprime licencias y reduce trámites

La modificación de la legislación urbanística de la Comunidad introduce cambios de calado con el objetivo de reactivar el sector inmobiliario, afectado por la pandemia como el resto de la economía del país. Entre las principales medidas, la norma suprime licencias y reduce o elimina trámites.


23/10/2020

El cambio de normativa permitirá eliminar trámites burocráticos innecesarios que dificultan el trabajo en el sector para poder avanzar en su recuperación. Suprime las licencias urbanísticas, excepto las estatales, que serán sustituidas por declaraciones responsables para agilizar plazos. De este modo el gobierno regional persigue animar a las empresas extranjeras a que se ubiquen en Madrid, dado que los plazos de obtención de licencias son muy superiores a la media de países de la UE. En estos momentos, la media de concesión de licencias de obras es de 12 a 18 meses.

Se reducen gran número de licencias urbanísticas existentes en la actualidad que generan un coste añadido al ciudadano, al promotor y al ayuntamiento que las tramita, debido al plazo que requieren para ser otorgadas.

En este sentido se suprimirán las licencias de obras menores que tienen queresolver los departamentos técnicos de los ayuntamientos y que hace que los particulares pierdan demasiado tiempo para empezar su reforma. Por ejemplo, una comunidad de vecinos que quiera poner una rampa de acceso para personas con discapacidad dentro del edificio ahora lo podrá hacer a través de una declaración responsable, ahorrándose entre 2 y 4 meses de trámites. También se suprimirán las licencias para obra nueva o de reforma integral, así como la posterior licencia de primera ocupación.

Con carácter general, se someterán al régimen de declaración responsable en materia de urbanismo las obras de edificación de nueva planta de escasaentidad constructiva y sencillez técnica, la primera ocupación de las edificaciones de nueva planta o los cerramientos de parcelas y solares.

Importantes consecuencias para obras nuevas no menores

A partir de ahora, un promotor o cooperativa que vaya a llevar a cabo una promoción residencial, formulará la solicitud de licencia de obras mediante Proyecto Básico Visado.

Para el inicio de las obras ya no será necesaria la aprobación por parte del Ayuntamiento del proyecto de ejecución, sino que será suficiente con la presentación por el interesado de la declaración responsable en la que se manifieste que el proyecto de ejecución desarrolla al básico y no introduce modificaciones sustanciales que supongan la realización de un proyecto diferente al inicialmente autorizado.

La primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nuevaplanta, así como de los edificios e instalaciones en general, pasan aconsiderarse actos sometidos a declaración responsable urbanística y no alicencia urbanística. En el momento en que el interesado presenta la declaración responsable en el ayuntamiento, queda habilitado para llevar a cabo la actuación, aunque todas las declaraciones responsables serán objeto necesariamente decontrol posterior por dicho ayuntamiento.

Esta simplificación de trámites tendrá el beneficioso resultado de acortar losplazos en momentos críticos del proceso edificatorio, como son el momentode la obtención de la licencia de obra y de primera ocupación. Aunque lacasuística depende mucho de cada ayuntamiento y del momento, podríadecirse que los plazos se acortarían en aproximadamente y en total en treso incluso cuatro meses.

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